DESCRIPCIÓN
Ley 5859 - ART 5: Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestaría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le pueda requerir a los propietarios sera equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento ( 4,15 % ) del valor total del respectivo contrato.
En cumplimiento de las normas legales aplicables, informamos que los agentes NO ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones son concluidas por el corredor inmobiliario matriculado responsable de la oficina
Yanina Linares Martillera Publica CUCICBA 9407 / CMCPSI 6927